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1914: Unos trescientos Carrancistas entran a Jaltepec de Candayoc, echando a Pepe Silva (José María Silva), uno de los socios que intentaron adueñarse junto con Justo Sandoval y Juan Garrido de parte de las tierras en cuestión (presumiblemente, las que no interesaban a Bolaños Cacho). Faenan el ganado y dejan en la pobreza al dicho Pepe, quién siguió, sin embargo, viviendo en el lugar. Los Carrancistas siguen su camino y en Cotzocón cometen excesos contra bienes y personas. Se les dice que en Alotepec los están esperando con alegría. Prevenidos, los de Alotepec tienden una emboscada e infligen grandes daños a la expedición. Jesús Carranza habría muerto cerca, en el lugar denominado Zaum bam (ver mapa). Los Carrancistas regresan a Cotzocón, que había tenido tiempo de urdir su propia trampa. Se emborrachan tanto los de Cotzocón (para agarrar valor) como los Carrancistas, y se les invita a participar en una fiesta al otro lado de una loma que se ve desde el pueblo. De a uno, borrachos, alegremente, los Carrancistas van hacia el lugar indicado, donde son acabados, todos.

1938: Ya algún tiempo después de la Revolución, los pueblos de Puxmetacán, Candayoc y Otzolotepec (separadamente, pero el mismo día) solicitan al Gobierno del Estado, ‘restitución de nuestras tierras que desde hace mucho tiempo fuimos despojados, por lo que nos vemos obligados a vender a bajo precio nuestro trabajo, descuidando la educación de nuestros hijos, por carecer de lo indispensable para subvenir a nuestras necesidades económicas.- Para el efecto, se servirá usted disponer se saquen copias de nuestros título, que obran en el Archivo General de la Nación, ya que los primordiales fueron robados a nuestros antepasados’. Se publica la Solicitud en el Periódico Oficial, pero no se le da curso alguno.

1956-1958: Se decreta la expropiación del predio Zihualtepec (Toxcobac en Mixe), inicialmente por 18.000 has, ampliándose luego, en 1958, a 18.648 has. De aqui siguen un buen numero de conflictos entre la Comisión del Papaloapan y los de Candayoc17. El pago expropiatorio no se efectuó de momento. La CNC con mucha fuerza en Veracruz y en el Gobierno del Estado empieza a apoyar la colonización del cinturón que hoy cruza el istmo en su porción Oaxaqueña. Palomares, Matías Romero, María Lombardo y otros pueblos empiezan a formar una nueva y activa ‘frontera’ con ganaderos provenientes de distintos lugares de la Federación18.

1965: Se celebra un convenio entre Nicolás Garrido (hijo de Juan Garrido) y la Comisión del Papaloapan. La Comisión justifica el pago indemnizatorio sobre la base del contrato de compraventa celebrado entre Juan Garrido y la Mexican Land Securities Company, señalando que dicho contrato demuestra el dominio de Garrido. Para ello, los representantes de la Comisión simulan citar el documento textualmente, omitiendo el ‘detalle’ de la venta a la Compañía Norteamericana, y sustituyendo (en la transcripción contenida en convenio indemnizatorio) el nombre de ésta, por el de la esposa de Juan Garrido, Tomasa Cortés. Esto se demuestra fehacientemente con un cotejo simple de los documentos referidos19.

1968: Aún no se le había pagado la indemnización a Nicolás Garrido, cuando, mediante decreto presidencial, se le reconocen y titulan cerca de 14.000 has a Candayoc. Siguen una larga serie de conflictos derivados de los hechos y antecedentes arriba referidos. De hecho, Jorge L. Tamayo le cede luego 2.000 has. más a Jaltepec, del patrimonio de la DAAC.

1973: se le pagan a Nicolás Garrido 40.000 pesos por concepto de indemnización expropiatoria, en calidad de depositario legal de la herencia de Juan Garrido20.

1992: El informe elaborado por el  Lic. Roberto Olivares Arellano, con fecha 12 de Noviembre de 1992, emanado de la Oficina de Revisión Técnica y Legal de la 20 Delegación Agraria señala textualmente que: ‘Fueron examinados los expedientes agrarios, no  solo los de San Juan Jaltepec de Candayoc, sino de otros núcleos de población que incluyeran en su radio de 7 kilómetros al predio de ZIHUALTEPEC, esto con la finalidad de localizar algún Título de Propiedad expedido a favor del Señor NICOLAS GARRIDO, y el resultado que se obtuvo es que en ninguno de esos expedientes agrarios corre agregado Título alguno a nombre del tantas veces mencionado Señor Nicolás Garrido’. No es raro que no se haya podido encontrar título alguno a favor de Nicolás Garrido, puesto que nunca lo tuvo. El que haya sido declarado heredero legítimo de Juan Garrido, no significa que haya entrado en el dominio del terreno cuya propiedad se reclama.

1997: Una Sentencia de Amparo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa del Distrito Federal, favorable a la comunidad de Jaltepec de Candayoc (Exp. DA-4681/97) señala, ‘El convenio de 21 de enero de 1965 –referido- quedó condicionado a que -Nicolás Garrido C.- acreditara ante la Comisión del Papaloapan ...los derechos sucesorios que adujo’. Nunca se acreditaron dichos derechos sucesorios, se simularon, mediante falsificación ideológica (mentira).

1999: La comunidad de Jaltepec de Candayoc, con el apoyo del INI, de Organizaciones de Derechos Humanos (Centro Agustín Pro, Centro Tepeyac), del Obispado de Tehuantepec y de organismos internacionales, obtuvo razón y se le vuelve a poner en posesión de Tres Islas, que había estado en poder de Ubaldo Padilla, hacendado oriundo de Michoacán.

2000: una parte del predio Zihualtepec, denominada La Sabana, fue recientemente cedida al Gobierno del Estado (SEDAF). A la luz de los hechos expuestos, es dable suponer que se producirán, en el mediano plazo, conflictos sociales de consideración. La comunidad agraria está intentando entablar un juicio de restitución del predio denominado ‘Zihualtepec’. Este caso tendría proyecciones internacionales (Corte Interamericana de Derechos Humanos).

2001: se informa a la autoridad agraria de Jaltepec, que la SEDAF está obteniendo el permiso de explotación del predio de reacomodo ‘La Sabana’, Zihualtepec, ante SEMARNAP. Esto afectaría enormemente a los pueblos circunvecinos, cuyos ingresos comunitarios derivan principalmente de la explotación forestal.

IV.- Conclusiones generales:

Los antecedentes arriba reseñados fueron recogidos en cerca de diez archivos diseminados en diversos puntos del Estado de Oaxaca y la Federación. Estos archivos, que contienen artefactos etnohistóricos y jurídicos, constituyen también un circuito burocrático que rodea al territorio Mixe (con la excepción del mínimo archivo de Zacatepec). En efecto, los archivos están localizados en Jalapa (Veracruz), Oaxaca, Tuxtepec, Choapan, Yautepec, Tehuantepec (no revisado) y el D.F. Esta distribución circular es también la de tribunales de justicia actuales y pasados. El circuito jurídico, burocrático y archivístico es recorrido asiduamente por autoridades Mixes (entre otras), protegiendo y promoviendo sus respectivos territorios. Una autoridad agraria comunal promedio pasa cerca de tres meses al año durmiendo en camiones, recorriendo rutas peligrosas. Circuitos burocráticos similares se sobreponen, como los relacionados con agricultura, bosques, producción, etc.

Los circuitos señalados representan a menudo los puntos de choque o de encuentro, los lugares de negociación. Este circuito esta respaldado por un gran numero de leyes fragmentadoras de la territorialidad Mixe:

1. Agrarias (propiedad superficial, capa arable)

2. Patrimonio arqueológico (INAH).

3. Aguas, superficiales y subterráneas, para consumo y riego, o para hidroelectricidad (uso no-consuntivo) (CONAGUA).

4. Subsuelo, minas, hidrocarburos.

5. Biodiversidad y Reservas Naturales.

6. Bosques, flora y fauna.

7. Espacio aéreo.

8. Leyes sobre biotecnología y bioprospección.

9. Leyes sobre control de drogas.

10.Leyes expropiatorias (para hacer carreteras, edificios públicos, reservas, retenes,...).

11. Otras

Hace no muchos años, una autoridad de bienes comunales podía dar la pelea en materia agraria, con o sin el respaldo de organizaciones. Hoy, sin embargo, se encuentra en una posición estructuralmente desventajosa para defender los recursos materiales, espirituales e intelectuales que sus comunidades consideran propios. Aparte de tener que recorrer los muchos circuitos burocráticos que corresponden a cada una de las leyes mencionadas (que no son todas las que afectan seriamente la vida y valores Mixe), deben gastar recursos escasísimos para contratar abogados, sobornar funcionarios, atender autoridades que los visitan, etc. El frente externo, aquel en el cual se encuentran con los intereses mineros, forestales, ganaderos, no es, sin embargo, el único.

Dejando a un lado, por ahora, el análisis de los conflictos internos propios a cualquier comunidad, destaca otro frente ‘interno’ en términos del territorio Mixe (fundamentaré la existencia de dicho territorio en otro momento). Los conflictos que oponen a una comunidad indígena con otra (y generalmente repercuten en toda una región, invocando alianzas y estrategias), es otro factor de enorme desgaste económico y valórico. Dichos conflictos, tradicionalmente provocados por la desidia, indolencia y complacencia de las diversas autoridades armadas de leyes, particularmente de las agrarias en peritajes topográficos, conciliaciones, otros procesos judiciales, suelen durar muchos años. Se sabe cuando empiezan, pero no cuando terminan. Detrás de dichos conflictos, a menudo aparecen problemas de índole política, familiar, demográfica, etc. A veces son los propios abogados que irresponsablemente azuzan a sus partes para asegurar los ingresos propios. Estos conflictos se basan en legalidades y valores que son utilizados por los indigenas de una manera que pone en duda la eficacia del sistema legal para resolver conflictos.

Son pocas las comunidades Mixes que no tienen algun problema con sus vecinos. Los conflictos por tierras y territorio, insertos en el contexto regulatorio de leyes como las esbozadas, tiende, generación tras generación, a fragmentar a los pueblos, a los territorios, y generar, en cada vuelta de gobierno, nuevos conflictos y en mayor número. El caso de Jaltepec, y del Istmo, a lo largo de cinco siglos, lo demuestra. La lógica legal es fragmentadora por definición. Los pueblos, que suelen confundir, como muchos, ‘ley’ con ‘justicia’, siguen creyendo en las leyes, buscando inscribirse en el mito dominante, el del ‘conquistador’. Cada vez que se emplean las leyes, es como si empleara un martillo que golpea a las comunidades, trizándolas en pedazos. La lógica legal tiende a cercenar las diversas posibilidades de convivencia, regimentándo y limitando su potencial riqueza. Tiende a limitar la complejidad de relaciones posibles, privilegiando valores y nociones de la persona y de la tierra que son en mucho ajenos a los Mixes.

Hoy, Puxmetacán y Candayoc, pueblos que hasta hace pocos tenían una estructura de control territorial mancomunada, están peleando por extensiones de tierra que nunca han sido adecuadamente delimitadas. Leyendo los casos de siglos, parece que son las mismas tragedias que se repiten, las mismas leyes que hacen de ‘ring’. Los Mixes, como dije más arriba, han sido más exitosos en ciertos aspectos. Su territorio fue habitado por españoles, mestizos, negros, turcos, por gente de diversos orígenes y credos. Ya sea aliándose con ellos, Mixizándolos, o expulsándolos, han logrado mantener los valores respecto de su territorio, y el territorio mismo, aunque cada vez más disminuidos.

Candayoc, a lo largo de su historia, ha tenido algo así como cuatro títulos, si no es que más. Cada vez emprendió el camino de sus antepasados, hurgando en archivos, recorriendo tribunales, sobornando funcionarios. Cada vez y luego de años de esfuerzos invertidos en conseguir un artefacto que supuestamente les protegería de despojos, cambiaban los gobiernos y/o se alteraban las condiciones demográficas: todo volvía a empezar. Pero con un poco menos de tierras, y sin la posibilidad de que la nueva generación acceda a los archivos y entender el porqué de la merma.

El Archivo General de la Nación, ubicado en el que fuera el Palacio Negro, la penitenciaria, refleja claramente las dificultades de acceso. Uno pensaría que la estructura panóptica del edificio facilitaría las búsquedas, pero la realidad es que las celdas y los volúmenes no están al alcance de los pueblos, y el lugar es excluyente. Además, los que sí tenían acceso a los artefactos documentales, y conocían su valor de cambio potencial, se los robaban: el tráfico de papeles está vigente.

Propuesta de investigación:

Respecto a los municipios de Cotzocón, Mazatlán y Guichicovi, intentaré desarrollar un acercamiento interdisciplinario similar al sucintamente desarrollado más arriba, evitando compartimentar las complejas interacciones y posturas territoriales en juego. La historia oral y documental, la etnografía, y elementos de análisis antropológico-jurídicos, juntos, permiten dar una idea concreta de los conflictos territoriales, así como de las desventajas estructurales con que las comunidades indígenas se ven obligadas a participar en los mismos.

Considerar el rol de los negociadores indígenas, ya sea los que operan desde la ciudad, en política y/o en ONG’s (sujetas a presiones económicas que merman la capacidad de decisión autonómica) o los que operan desde sus comunidades (sujetos a presiones económicas, políticas e incluso a amenazas de todo tipo sobre sus vidas), es clave. Ellos constituyen parte de la frontera humana de los sistemas territoriales, ellos son, por lo tanto, visibles y vulnerables. También son aquellos que van incidiendo con mayor fuerza en los procesos de cambio de valores o sentidos de la tierra, retroalimentando, sobre la base de su experiencia negociadora (en desventaja) y de los resultados de sus gestiones, los valores de sus comunidades de respaldo. Los negociadores estatales, por otra parte, ubicados en distintos puntos de su estructura, abundan, en relación con lo indígena, en aquellas dependencias que son marginales respecto de la misma (INI). Su posición estructural es ambigua, y de alguna manera, ellos también inciden en los cambios valóricos estatales.

Creo que un enfoque en las negociaciones por tierras y territorio, podría contribuir a demostrar la necesidad de crear espacios nuevos y más prácticos para la resolución de problemas de convivencia. Bajo el imperio de la sobreregulación y burocracia imperantes en la actualidad, y en el contexto de crecientes presiones globalizadoras, los indígenas difícilmente pueden negociar en igualdad de condiciones para hacer valer y proyectar los valores propios respecto del territorio que pueblan.

El capital financiero e inversión privada sin duda que son claves en el proceso de globalización que afecta a los Mixes, y podrían contribuir a fortalecer la autonomía de sus pueblos y comunidades. La autonomía en términos puramente políticos es una palabra vacía si solo empuja a una mayor mendicidad. La autonomía financiera, hoy por hoy, es la que más o menos se equipara al difícil concepto de libertad. Desgraciadamente, los inversionistas suelen ir de la mano con el Estado, sus leyes y burocracias, lo que vuelve a plantear el problema de las desventajas estructurales en las negociaciones para la elaboración y gestión de eventuales proyectos conjuntos.

La información recabada serviría para la mapificación diacrónica de las dinámicas territoriales en la zona del istmo. Entender la territorialidad del Mixe Bajo contribuiria a fortalecer la posicion negociadora indigena al darle elementos contundentes que permitan sostener y hacer valer los valores propios en materia territorial.

 

 

17 La Federación intentó expropiar, a beneficio de la Extinta Comisión del Papaloapan, el terreno denominado Zihualtepec, mediante Decreto de fecha 16 de marzo de 1956, publicado los días 17 de Marzo de 1956 (declaratoria de utilidad publica) y 17 y 22 de Marzo del mismo año en el Diario Oficial de la Federación. Se amplio la superficie a expropiar mediante Decreto de fecha 11 de junio de 1958, publicado en el D.O.F. el 24 de junio de 1958, y 2 de marzo de 1959. Consta en los antecedentes que esta Expropiación la solicitaron, el 8 de Marzo de 1956, el entonces Presidente de la Comisión del Papaloapan, Eduardo Chávez, y el que fuera Gobernador del Estado de Oaxaca, Gral. José Pacheco Iturribarría. En el documento que se acompaña se señala que como no se pudo comprar el predio a ‘la intestamentaria Juan Garrido’, y que ‘empezó a suscitarse un interés’. De los antecedentes se desprende que existió una confabulación entre José Baits (Pepe Bache) y el entonces diputado al Congreso Local, Coronel Otilio D. Olguín, más el Titular del juzgado de Zacatepec, Elpidio Ayuzo y Luis A. Bolio, al último de los cuales Nicolás le entregó las ‘Títulos primordiales’ a cambio de $5000 y así pagar algunos adeudos fiscales. Intervino el recaudador de rentas en Zacatepec, José Sámano Negrete, oponiéndose a lo que se venía haciendo, éste fue luego destituido por el cacique Luis Rodríguez.

18 Los problemas entre ‘indios’ y ‘vaqueros’ son una constante que atraviesan toda la historia de la región. El ganado vacuno no respeta las sementeras y sembradíos. Hoy, los conflictos por recursos en la zona adquieren, sin embargo, dimensiones más pavorosas aún.

19 Los linderos del predio Zihualtepec, como los tenia Juan Garrido, están transcritos en la pagina 3 del Convenio, y delimitaban con extrema precisión una superficie de 18.087.18.10 has. La Comisión del Papaloapan, al parecer quedó insatisfecha con la superficie cuya expropiación fue decretada inicialmente (18000 hectáreas). Determina unilateralmente (según consta en la pág. 2 del Convenio), y basándose en linderos diferentes a los ya citados de la pagina 3, que en realidad eran 18,648.93.32 las hectáreas a expropiar. Esta ampliación excede con creces la superficie del predio Zihualtepec que alguna vez fue propiedad de Juan Garrido L. ¿De dónde se sacó más tierra? Obviamente que de las personas que vivían en los terrenos aledaños afectadas por la ampliación. No fueron indemnizados. Creemos que esta ampliación arbitraria e ilegal pudo también estar a la raíz de muchos de los conflictos que padeció y padece San Juan Jaltepec de Candayoc, abarcando terrenos desde los cuales fueron expulsados algunos comuneros.

20 El día 10 de enero de 1973, un tal Lic. Pedro Hernández Juárez, actuando en calidad de apoderado de Nicolás Garrido, acusa recibo de un cheque por $283 496.00. No se levantó acta respecto de este pago, lo que sí se había hecho tan solo algunos días antes con Nicolás Garrido. Firman el Lic. Hernández Juárez y el Contador Público Miguel Ortíz Nicolau, autorizando el ‘PÁGUESE’, y no firman el Vocal Ejecutivo y el Vocal Secretario de la Comisión del Papaloapan, a pesar de constituir las firmas de estos últimos, un aparente requisito para la validez del pago, puesto que tenían, en esa fecha’ la calidad de representantes legales de la Comisión. Este abogado, que también trabajó para la Comisión del Papaloapan, actualmente dirige una facción del PRI que opera en el Estado de Oaxaca. No he podido obtener mayores detalles respecto del personaje.

 
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